Personas en extrema pobreza podrán trabajar sin acreditar situación militar

La Corte Constitucional revisó el artículo 42 de la ley 1861 de 2017 que señala la obligación de acreditar la situación militar en la que se encuentran los hombres para poder entrar a trabajar y firmar contratos en calidad de persona natural.

En la ley se contempla excepciones que aplican para las personas no aptas para prestar servicio, las exentas o quien haya superado la edad para ingresar las filas.

Estas personas pueden entrar a trabajar pero se les da un plazo de 18 meses para conseguir la libreta.

La norma fue demandada, porque la excepción de esta obligación no aplica para las personas que son aptas pero suelen estar exoneradas de pagar la compensación militar.

“Precisó que las personas aptas pero exoneradas del pago de la cuota de compensación militar resultaban un grupo diferenciable de las personas aptas que sí debían sufragar dicho costo, porque de tal deber se eximía a aquellas personas que acreditaran unas determinadas causales apremiantes de vulnerabilidad, conforme lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 1861 de 2017, lo que los constituía en un grupo diferente reconocido legislativamente”, señala la Corte.

Para el tribunal se debe incluir en esa excepción a las personas que se encuentran en extrema pobreza, que están en niveles 1, 2 y 3 del Sisbén, pero también las víctimas del conflicto y los ciudadanos desmovilizados, entre otros.

“En este caso, dar un tratamiento igualitario a esos dos grupos o, lo que es lo mismo, excluir del beneficio laboral en estudio a las persona aptas pero exoneradas del pago de la cuota de compensación militar, no era una medida idónea ni proporcional para la finalidad pretendida por la norma”, señaló.

Fuente de información, texto y fotografía Caracol Radio  

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