Facatativá, sigue vigente multa a la Secretaría de Tránsito por irregularidades en la expedición de licencias de tránsito
El día de ayer miércoles 14 de septiembre del año 2022, la Superintendencia de Transportes emitió fallo mediante el cual ordena, que tiene que devolverse a la etapa inicial del proceso contra la Secretaria de Tránsito por el caso en la expedición de licencias de conducción , esto quiere decir que el fallo no absuelve de la multa a la Secretaría de Tránsito, la multa equivale a un valor de $136.278.900 . A través de grupos de WhatsApp y redes sociales presuntamente algunos funcionarios de la alcaldía de Facatativá, están circulando este nuevo fallo de la Superintendencia de Transportes para de alguna forma expresar que no tendrán que pagar los dineros y confundir a la ciudadanía.
RESUMEN DEL NUEVO FALLO
EL CASO
En febrero de 2021, la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte de la entidad recibió quejas por parte de ciudadanos, que informaban que la Secretaría de Tránsito y Transporte de Facatativá, presuntamente, contrató con la empresa Servicios Integrales ID System S.A.S. el suministro de insumos para la elaboración de especies venales, es decir documentos como licencias de conducción, tarjetas de propiedad, placas, etc.; pese a que, al parecer, esta sociedad no se encontraba autorizada por parte del Ministerio de Transporte ni debidamente inscrita ante el Runt. Por estas razones no cumpliría con los requisitos exigidos en la normatividad para celebrar este tipo de contratos.Como resultado, la Superintendencia de Transporte, mediante Resolución No. 4510 del 14 de mayo de 2021, abrió investigación administrativa y formuló pliego de cargos en contra de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Facatativá, por la presunta conducta establecida en el literal e) del artículo 12 de la Ley 2050/20. “Según esta ley, el ente de control puede iniciar investigación administrativa en contra de organismos de tránsito cuando de oficio, o debido a denuncias, se tenga conocimiento de presuntas faltas señaladas en los artículos 11 y 12 de la citada Ley”, explicó el Superintendente Salazar.En atención a esa investigación, el organismo de tránsito presentó sus aclaraciones y justificaciones y aportó pruebas documentales. Posterior a ello, la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre expidió la Resolución No. 8119 del 4 de agosto de 2021, por la cual ordenó la práctica de pruebas de oficio, garantizando a la investigada el pleno ejercicio de su derecho de defensa.Vale la pena aclarar que, en virtud de lo reglamentado por el Ministerio de Transporte, los Organismos de Tránsito no pueden delegar o contratar la adquisición de las tarjetas preimpresas para la elaboración de las licencias de tránsito y conducción con personas naturales y/o jurídicas que no cuenten con autorización del Ministerio y no se encuentren inscritas en el Runt.Una vez hecho el análisis correspondiente, se determinó que la investigada no aportó la autorización concedida por el Ministerio de Transporte a la empresa Servicios Integrales ID System S.A.S. para proveer tarjetas preimpresas para la elaboración de las licencias de tránsito y conducción, ni la constancia de registro en el directorio de actores del Runt.Además, para el caso concreto se pudo comprobar que la Secretaría de Tránsito y Transporte de Facatativá celebró, entre 2020 y 2021, dos contratos con la empresa Servicios Integrales ID System S.A.S., siendo su objeto la prestación del servicio de elaboración y expedición de especies venales en el municipio de Facatativá, Cundinamarca, entre ellas, las licencias de tránsito y de conducción. Dicha sociedad no se encontraba inscrita en el Runt para el momento de la suscripción de los contratos, solo se encontraba inscrita como proveedor de láminas de seguridad.Como resultado de lo anterior, la Superintendencia de Transporte mediante la Resolución No. 9740 del 16 de septiembre de 2021, declaró responsable a la Secretaría de Tránsito y Transporte de Facatativá por contratar la adquisición de tarjetas preimpresas para la elaboración de licencias de tránsito y conducción con una empresa que no contaba con autorización por parte del Ministerio de Transporte y no se encontraba inscrita de manera adecuada ante el Runt. En consecuencia, le impuso una sanción consistente en multa correspondiente a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que equivalen a 136.278.900 pesos. Fuente de información supertransporte.gov.co














