Alcaldesa de Albán Cundinamarca Liliana Bernal Contreras presuntamente realiza proselitismo político a través de un grupo de Whatsapp

Así lo denuncio a nuestro medio de comunicación El Concejal de Albán Cundinamarca José Sierra del Partido Conservador, señalando que la Alcaldesa Liliana Bernal Contreras a través de grupos de Whatsapp está realizando proselitismo político reviando información para que la comunidad de este municipio participe en el cierre de campaña del Candidato Jorge Chavarro, según nuestra fuente este grupo de Whatsapp tiene gran cantidad de personas que pertenecen al municipio de Albán Cundinamarca.

Por estas presuntas irregularidades el Concejal José Sierra interpuso una queja disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación, Mutantes Tv ha trato de comunicarse con la Alcaldesa de Albán Cundinamarca, pero no hemos obtenido respuesta por parte de la funcionaria.

 

Según La Misión de Observación Electoral ( MOE ) los funcionarios públicos, especialmente a aquellos que ocupan altos cargos tales como: Alcaldes, Gobernadores, Presidente de la República, Secretarios de despacho, Ministros de gobierno y Directores de empresas públicas entre otros, las prohibiciones generales que tienen en las contiendas electorales:

Tomar parte en las actividades de las agrupaciones políticas y en las controversias políticas (Constitución Política, artículo 127 inciso segundo y tercero).

Utilizar su empleo para apoyar una campaña política o presionar a particulares o subalternos para influir en procesos electorales (Código Único Disciplinario, artículo 48 numerales 39 y 40).

Intervenir en política utilizando su poder para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato o agrupación política (Código Penal, artículo 422). 

Utilizar bienes y servicios del Estado para favorecer campañas electorales (Ley de Garantías, artículo 38, parágrafo).

Si bien desde el 2004 existe un mandato constitucional para establecer prohibiciones a la participación de los servidores públicos en política, hasta la fecha, no se cuenta con una ley estatutaria que desarrolle de manera específica los alcances de dichas prohibiciones y las conductas que les son permitidas.

“A pesar de no contar con una reglamentación específica y clara, es muy importante que los mandatarios y demás funcionarios públicos tengan presente que gobiernan para la totalidad de los ciudadanos y ciudadanas, independientemente de las posturas políticas o convicciones partidistas de los mismos. Por ello, sus pronunciamientos, sean estos en medios de comunicación tradicionales o en redes sociales, pueden afectar, entre otros, el principio de imparcialidad de la función pública, la prevalencia del interés general sobre el particular, así como la libertad política”, afirma Alejandra Barrios Cabrera, directora de la Misión de Observación Electoral.   

 

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