Facatativá, a propósito del cabildo abierto

Escrito por: Alexander Gómez

Quien tenga formación en derecho sabe que un acuerdo municipal es, en otros términos, un acto administrativo complejo que como todo acto administrativo su revocatoria solo puede realizarse por quien lo emitió o por su superior jerárquico y que para el caso del acuerdo que creó el impuesto de alumbrado público en Facatativá sería únicamente el Concejo Municipal por ser quien lo emitió y dado que este no tiene superior jerárquico no existe otra instancia.

Ahora debe recordarse que los acuerdos municipales tienen un control de legalidad obligatorio que realiza la gobernación del departamento, control que se realizó y que NO arrojó observación alguna.

De otro lado el acuerdo comentado conlleva a la celebración de un contrato que generó obligaciones por parte del municipio y que extingue la posibilidad de revocarlo, por lo cual hoy la verdadera acción está ante los estrados judiciales.

No es verdad que mediante actos como tomarse las instalaciones de la alcaldía o exhibirse  por redes sociales se consiga el verdadero propósito social, como tampoco es verdad que incentivar un paro que destruya la propiedad de comerciantes y pública sea la solución, pues como lo hemos visto en el pasado nada bueno queda de las vías de hecho.

Por consiguiente ser líder no sólo requiere valentía, requiere formación y conocimientos para ser acertados en lo que se busca, pero lo que sucede en Facatativá es un acto estéril, un acto contrario, un acto que denota la fe de algunos y el desconocimiento de varios.

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