José Miguél Narváez condenado por el asesinato de Jaime Garzón estaría recluido en el Batallón de Comunicaciones de Facatativá

Según nuestras fuentes  lleva preso varios años  y  tendría varios  privilegios, cada mes sale del Batallón a visitar a su familia en la ciudad de Bogotá, sus condiciones no son las de un recluso normal afirman personas que lo han visto en el lugar. José Miguél Narváez se encuentra detenido en el Batallón Escuela de Comunicaciones del Ejército en Facatativá Cundinamarca ubicado a una hora al occidente de Bogotá.  Lo curioso del tema es que el Batallón  de Comunicaciones de Facatativá no ha divulgado la noticia a ningún medio nacional y más cuando el 15 agosto del 2018  fue condenado  por el  asesinato de Jaime Garzón.

Recordemos que el Juzgado Séptimo Penal Circuito Especializado de Bogotá condenó al exsubdirector del DAS José Miguel Narváez Martínez a la pena principal de 30 años de prisión, como determinador del homicidio agravado de Jaime Garzón, Abogado,  Humorista, Periodista  y analista político.

“En el proceso, las pruebas allegadas en forma legal y oportuna acreditaron, en el grado de certeza, que Narváez Martínez determinó al exjefe paramilitar Carlos Castaño Gil para que ultimara a Garzón Forero”, enfatiza el fallo. Vale recordar que sobre este mismo caso el Consejo de Estado ya había condenado a la Nación.

Y es que en los testimonios analizados quedó demostrado que el procesado en repetidas ocasiones hizo presencia en los campamentos de las denominadas autodefensas unidas de Colombia (AUC) y sostuvo reuniones con su máximo líder para perpetrar este homicidio.

Entre uno de esos testimonios es preciso recalcar el de Diego Fernando Murillo (alias Don Berna), en el que se señala que el exsubirector del DAS era miembro orgánico de las AUC, tuvo oportunidad de conocerlo personalmente en 1997, época para la cual había mucha influencia por parte de miembros del ejército, los cuales lo utilizaban como intermediario y era la persona que se encargaba de suministrar información sobre operativos contra las autodefensas o personas que tuvieran vínculo con la guerrilla o la izquierda.

En virtud de ello, y conforme a la facultad del fallador de instancia, por el artículo 97 del Código Penal, se ponderó, adicionalmente, tasar los perjuicios morales en suma equivalente a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes a favor de cada una de las personas reconocidas como parte civil (Juez: Ricardo Mojica Vargas). Juzgados, Sentencia 11001310700720110005100 (13957), Ago. 13/18.

Este fue el trino que publicó el Senador Gustavo Bolívar, donde se refiera al nuevo caso de las chuzadas presuntamente realizadas por el Batallón de comunicaciones en Facatativá .

 

Fuente de información y texto ambitojuridico.com

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