Facacativá, toque de queda y medida de pico y cédula
Con este Decreto, la Administración Municipal, toma medidas para hacer frente al aumento de casos de contagio por el virus en el municipio y la ocupación de las camas de UCI.
Se decreta la medida de pico y cédula para el ingreso a establecimientos de comercio y entidades del sector financiero entre el 21 de abril y el 2 de mayo de 2021, así:
– Miércoles 21 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).
– Jueves 22 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par (0, 2, 4, 6, y 8 ).
– Viernes 23 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).
– Sábado 24 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par (0, 2, 4, 6, y 8 ).
– Domingo 25 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).
– Lunes 26 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par (0, 2, 4, 6, y 8 ).
– Martes 27 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).
– Miércoles 28 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par (0, 2, 4, 6, y 8 ).
– Jueves 29 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).
– Viernes 30 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par (0, 2, 4, 6, y 8 ).
– Sábado 1 de mayo: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).
– Domingo 2 de mayo: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par (0, 2, 4, 6, y 8 ).
Importante: esta medida no cobija a hoteles, establecimientos de la industria gastronómica y parques y todo caso se debe aplicar con rigurosidad los protocolos de bioseguridad y límites de aforo vigentes.
El toque de queda se aplicará en el horario comprendido entre las 10:00 P.M. y las 05:00 A.M del día siguiente a partir del martes 20 de abril.
No se autoriza la realización de ningún evento masivo público, incluyendo las actividades que impliquen la aglomeración de personas.
Se restringe la realización de eventos de carácter público o privado que impliquen la aglomeración de personas, de conformidad a la normatividad nacional vigente, entre estos discotecas y lugares de baile y el consumo de bebidas alcohólicas en sitios públicos y establecimientos de comercio.
Tenga en cuenta: en concordancia a las normas aquí expuestas, se establece como horario de funcionamiento para establecimientos de comercio hasta las 9:30 P.M.


















