La U. Externado confirma que sí hubo plagio en la tesis de Jennifer Arias

La Universidad Externado de Colombia afirma que acudirá ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo para solicitarle al Consejo de Estado que anule los títulos referidos, y remitirá a la sala penal de la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía General de la Nación la documentación pertinente.

La Universidad Externado de Colombia confirmó en la tarde de este lunes que sí hubo plagio en la tesis de Maestría de Jennifer Arias, presidenta de la cámara de representantes, y de su compañera Leydi Lucia Largo.

La Universidad, además, afirma que le pedirá al Consejo de Estado que anule los títulos referidos, y remitirá a la sala penal de la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía General de la Nación la documentación pertinente. A continuación, el comunicado de prensa.

En relación con los títulos de magister en Gobierno y Políticas Públicas, conferidos por la Universidad Externado de Colombia el 2 de mayo de 2016 a Jennifer Kristin Arias Falla y Leydy Lucía Largo Alvarado, la Universidad informa:

  1. Ante los requerimientos de información presentados en octubre del presente año en ejercicio de actividades periodísticas, la Universidad inició una revisión detallada tanto del expediente académico de las autoras de la tesis Arias Falla y Largo Alvarado, como también del trámite que concluyó con la expedición de sus títulos de magister en Gobierno y Políticas Públicas.
  2. Se constató que las señoras Arias Falla y Largo Alvarado cursaron el programa de maestría mencionado y que presentaron como tesis -para obtener el título correspondiente- un trabajo conjunto titulado “Los OCAD´S y su contradicción con las teorías de la elección racional”, dirigido por el profesor Manuel Calderón Ramírez, quien remitió el documento contentivo de la tesis a la Universidad, cuya versión digital está en poder de la Institución.
  3. La divulgación de cualquier tesis de grado está sometida, en virtud de disposiciones normativas vigentes, a la autorización explícita de sus autores (Decisión CAN 351 de 1993). Esa autorización abarca, incluso, la posibilidad de consulta y préstamo del texto en la biblioteca de la Universidad. Las autoras de la tesis Arias Falla y Largo Alvarado no han autorizado esa divulgación, pese a que la Universidad se la solicitó.
  4. La Universidad sometió el texto de la tesis a una herramienta informática para la detección de plagio, operación que arrojó un importante número de coincidencias con fuentes o documentos publicados en Internet de autores diferentes a las señoras Arias Falla y Largo Alvarado. En razón de lo anterior, la Universidad contrató a un experto en derecho de autor y propiedad intelectual para esclarecer un posible plagio.
  5. Entre las conclusiones del dictamen pericial rendido (descartadas las coincidencias que corresponden a textos debidamente citados, de libre reproducción u otros no protegibles por el derecho de autor, y concentrado el análisis en cinco posibles casos de plagio), la experticia es concluyente al referir que: “En todos los cinco (5) casos mencionados se hizo evidente que concurren los elementos necesarios para la existencia de una infracción al derecho de autor, consistente en la reproducción o copia de elementos originales y protegidos de las obras mencionadas. Es ostensible la cantidad de textos reproducidos literalmente (plagio servil) o deliberadamente parafraseados en donde basta la simple lectura para deducir la forma en que tales fragmentos llegaron al trabajo de grado analizado. A la luz de la razón, la única explicación posible para las coincidencias encontradas es la existencia de una reproducción o copia infractora del Derecho de Autor”. 
  1. Los días 5 y 8 de noviembre de 2021, las autoras de la tesis Arias Falla y Largo Alvarado, sin que se les hubiera solicitado, radicaron en la Universidad dos copias de un documento impreso, del cual afirmaron que correspondía a la versión final y definitiva de su tesis de grado. Este texto no coincide plenamente con el remitido por el director de la tesis como trabajo final.
  2. De conformidad con la normativa y jurisprudencia vigentes, y en razón de los hechos evidenciados, la Universidad acudirá ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo para solicitarle al Consejo de Estado que anule los títulos referidos, y remitirá a la sala penal de la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía General de la Nación la documentación pertinente, para lo correspondiente. La Universidad actualmente carece de competencia para adelantar procesos disciplinarios en contra de personas que desde hace más de cinco años dejaron de ser estudiantes de la Institución, así como para revocar títulos ya expedidos. 
  1. Ante el hallazgo de algunas inconsistencias en el trámite interno referidas a este caso, la Universidad ha adoptado correctivos adicionales a los ya existentes, con la finalidad de erradicar la posibilidad de irregularidades y plagios en las tesis de sus estudiantes. 
  1. El Profesor Calderón Ramírez, entonces coordinador de la Maestría en Gobierno y Políticas públicas y director de la tesis en mención, ya no es docente de esta Institución. 
  1. La Universidad acepta el escrutinio público al que se ha visto sometida con ocasión de estos hechos que no interpretan el espíritu de la Institución. Desde hace más de 135 años, el Externado ha graduado a miles de profesionales idóneos que han prestado servicios importantes a Colombia y al mundo en diferentes campos del saber. La Universidad lamenta profundamente que sus protocolos administrativos hayan registrado fallas que, advertidas, fueron corregidas de inmediato, de manera que se puedan conjurar situaciones similares en el futuro. Incidentes como estos son excepcionales en la Universidad, pero de ellos queda la lección de perfeccionar los procesos de control administrativo a los que se ha hecho referencia.

Fuente de información, texto y fotografía Periódico El Espectador  

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